Por Razvan Toma · Fundador · Comprobado el 3 de octubre de 2026 · Fuentes enlazadas abajo
Sí, si vende productos envasados directamente a usuarios finales en Alemania y su empresa no tiene establecimiento allí. Esto incluye a vendedores del Reino Unido, Estados Unidos, Suiza, China y cualquier otro país fuera de la UE. Desde el 12 de agosto de 2026 debe designar un representante autorizado alemán (Bevollmächtigter) antes de vender. Sigue registrándose usted mismo en LUCID; el representante se encarga de todo lo demás. Fuentes (3)VerpackDG § 5VerpackDG § 5
Regulation (EU) 2025/40 (PPWReglamento (UE) 2025/40 (PPWR)
ZSVRZSVR — Bevollmächtigung
Por qué los vendedores de fuera de la UE están doblemente cubiertos
El § 5(2) VerpackDG tiene dos frases. La primera se aplica a los productores del artículo 45, apartado 3, primera frase, del PPWR: los que venden directamente a usuarios finales en un Estado miembro donde no están establecidos, estén donde estén. La segunda es la opción que el artículo 45, apartado 3, segunda frase, da a los Estados miembros para los productores establecidos en terceros países, y Alemania la adoptó. Para un vendedor del Reino Unido, EE. UU., Suiza o China, ambas apuntan en la misma dirección.
El Reino Unido es un tercer país para el Derecho de la UE desde el Brexit; Suiza no está ni en la UE ni en el EEE.
Cuándo no lo necesita
Si solo vende a un importador, distribuidor o minorista alemán que revende los productos, esa empresa los pone a disposición de los usuarios finales y es el productor. La ZSVR aplica la obligación de representante a las empresas extranjeras que venden directamente a usuarios finales en Alemania. Vender en Amazon.de, Etsy, eBay o su propia tienda a compradores alemanes es vender directamente.
El mandato
La designación se hace mediante un mandato escrito en alemán (§ 5(4) VerpackDG), y la ZSVR la confirma en LUCID. El nuestro incluye una traducción al inglés junto al texto alemán vinculante.