Por Razvan Toma · Fundador · Comprobado el 29 de octubre de 2026 · Fuentes enlazadas abajo
Depende de dónde acaben sus envases. El registro en LUCID es una obligación propia (§ 5, apdo. 2 VerpackDG), y una empresa sin establecimiento en Alemania designa además un representante autorizado. Los envases que llegan a consumidores finales privados se adhieren a un sistema dual y se declaran en LUCID. Los que llegan a usuarios finales profesionales, como palés, big bags y film estirable entregados a una fábrica o una obra, quedan fuera de la participación en el sistema: no hay declaración de datos en LUCID, pero sí recogida gratuita, valorización y documentación anual según el § 39. Si sus envases sujetos a participación alcanzaron el año anterior 80 t de vidrio, 50 t de papel y cartón o 30 t de envases ligeros, hay que presentar antes del 15 de mayo una declaración de integridad auditada (§ 10). Los grandes volúmenes y los flujos mixtos B2C y B2B se presupuestan según el alcance. Fuentes (4)VerpackDG § 5VerpackDG § 5
ZSVR helpAyuda ZSVR — Declaraciones de datos en LUCID
VerpackDG § 39VerpackDG § 39
VerpackDG § 10VerpackDG § 10
Más sobre Quién necesita un representante
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