Las normas europeas de envases (PPWR) se aplican desde el 12 de agosto de 2026 · día 42Compruebe si le afecta →
PPWR · desde el 12 ago 2026 · Compruebe si le afecta →
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Precios sencillos y transparentes

149 € al año por actuar como su representante autorizado — Bevollmächtigter en alemán — para envases, sin coste de alta. Los aparatos eléctricos y las pilas son regímenes alemanes distintos con obligaciones propias y se presupuestan bajo petición. Las tarifas de licencia de los sistemas, donde se aplican, se repercuten a la tarifa del propio sistema sin recargo.

Precios
Mandato de envases€149 / añoAlta única: €0Empezar
A medidaBajo peticiónAlta única: €0Solicitar presupuesto
Regímenes EPR cubiertosEnvasesEnvases, pilas, aparatos eléctricos B2B
Designado en LUCID como su representante
Mandato escrito en alemán (§ 5(4) VerpackDG)
Contrato con el sistema dual, a nuestro nombre
Declaración anual de volúmenes
Vollständigkeitserklärung cuando sea necesaria
Obligaciones de recogida según el § 39
Envases de transporte B2B: ámbito del § 39, acuerdo y documentación del 15 de mayo
Correspondencia con la ZSVR
Soporte de marketplaces (Amazon, eBay, Kaufland)Bajo peticiónBajo petición
Representación para pilas (BattG)Bajo petición
Aparatos eléctricos, solo B2B (ElektroG)Bajo petición
Aparatos eléctricos para hogares particularesTodavía no — véase abajo
Tarifas de sistemaA coste, recargo 0 %A coste, recargo 0 %
Su registro LUCIDSigue siendo suyoSigue siendo suyo

Cuál se aplica a usted

El mandato de envases es lo que el art. 45(3) PPWR y el § 5 VerpackDG exigen realmente desde el 12 de agosto de 2026 — la obligación por la que casi todo el mundo llega aquí. «A medida» solo es para empresas que también ponen en el mercado alemán aparatos eléctricos o pilas: son regímenes distintos en la stiftung ear, y allí el representante realiza el registro en su nombre.

Qué cubre la tarifa del mandato de envases PPWR

Es el mandato exigido por el nuevo régimen PPWR que se aplica desde el 12 de agosto de 2026 — art. 45(3) PPWR, aplicado en Alemania por el § 5 VerpackDG.

  • Designado en LUCID como su representante
  • Mandato escrito en alemán, como exige el § 5(4) VerpackDG
  • El contrato de participación en un sistema con un sistema dual, celebrado a nuestro nombre
  • Declaración anual de volúmenes de envases
  • Vollständigkeitserklärung cuando sus volúmenes la exijan
  • Determinar si el § 39 VerpackDG se aplica a sus envases y documentar el acuerdo del § 39(1) con sus clientes empresariales donde proceda
  • La documentación anual del § 39(3), con vencimiento el 15 de mayo, desglosada por tipo de material y masa, conservada en forma verificable para la autoridad del Land
  • La correspondencia con la ZSVR — actuamos en nuestro propio nombre, así que la autoridad trata con nosotros

Qué no cubre la tarifa del mandato de envases PPWR

  • Su registro LUCID — por ley sigue siendo suyo y no puede delegarse (§ 5(2) VerpackDG, ZSVR: una höchstpersönliche Pflicht)
  • Las tarifas de licencia de los sistemas duales, que dependen de sus materiales y pesos y se repercuten a coste
  • Aparatos eléctricos y pilas, que son regímenes distintos en la stiftung ear — véase abajo
  • El soporte de marketplaces. Amazon y las demás plataformas piden <b>a usted</b>, el productor, su propio número LUCID — no es una obligación que la ley atribuya a un representante. Lo hacemos como complemento de pago, y preferimos decirlo antes que incluirlo de oficio y llamarlo cumplimiento.

Cómo funciona la designación, y por qué el contrato va a nuestro nombre

Tres frases del § 5 VerpackDG determinan toda la forma de este servicio. Conviene leerlas antes de comparar proveedores, porque explican por qué un vendedor extranjero no puede simplemente comprar una licencia en la tienda web de un sistema dual y darse por servido. VerpackDG § 5

Nos convertimos en el productor, en nuestro propio nombre

§ 5(3): “Der Bevollmächtigte … gilt im Hinblick auf die wahrzunehmenden Verpflichtungen als Hersteller im Sinne dieses Gesetzes. Die Aufgabenerfüllung … erfolgt im eigenen Namen.” Para las obligaciones que asumimos, somos el productor en derecho, y actuamos por cuenta propia. Por eso el contrato de participación en el sistema dual se celebra a nuestro nombre y no al suyo, y por eso la ZSVR trata con nosotros.

Un representante por productor, apoderado por escrito, en alemán

§ 5(4): un productor puede designar un solo Bevollmächtigter, y la designación debe hacerse mediante poder escrito en alemán, antes de que los envases se pongan a disposición por primera vez. Cambiar de representante significa, por tanto, poner fin primero al mandato existente — no pueden mantenerse dos en paralelo.

Usted nos designa, y la ZSVR lo confirma

§ 5(5): el productor designa al representante ante la ZSVR unverzüglich tras el mandato, como parte de su propio registro conforme al § 6(2) n.º 2 — y la designación “bedarf der Bestätigung durch die Zentrale Stelle Verpackungsregister.” Hay, por tanto, un paso de confirmación por parte de la autoridad en la incorporación: cuente con el tiempo.

La consecuencia práctica: su registro LUCID sigue siendo suyo y no puede delegarse (el § 5(2) excluye el § 6), pero todo lo demás conforme a la ley pasa a nosotros — incluida la declaración de datos del § 9. Un prestador de servicios ordinario no puede presentarla (§ 5(1) frase 2); según nuestra lectura del § 5(2) y del § 5(3), un Bevollmächtigter sí puede, porque actúa como productor en su propio nombre.

Qué significa realmente «envases de transporte B2B gestionados»

Esta es la parte del derecho alemán de envases que con más frecuencia se explica mal, así que aquí va el mecanismo completo. Los envases de transporte entregados a empresas no son, por lo general, envases sujetos a participación en un sistema. Eso significa que no hay sistema dual para ellos y que no se paga ninguna ecotasa por ellos — nadie recibe financiación para ir a recogerlos. En su lugar, el § 39 VerpackDG impone una obligación de recogida directamente al productor:

  • Recogida gratuita de envases usados y vacíos del mismo tipo, en el lugar de entrega o cerca de él, recogidos por separado de otros residuos (§ 39(1)).
  • Valorización de lo que vuelve, conforme al estándar del § 42(5) — que también puede cumplirse devolviéndolo aguas arriba en la cadena a su propio proveedor (§ 39(3)).
  • Documentación anual antes del 15 de mayo de lo que puso en el mercado y de lo que se recogió y valorizó, desglosada por tipo de material y masa, en forma verificable, con mecanismos de autocontrol, a presentar bajo petición a la autoridad competente del Land (§ 39(3)).

Entonces, ¿quién recoge realmente los palés?

La respuesta habitual: su cliente, y el contrato lo dice

El § 39(1) termina con una frase que decide la mayoría de los casos reales: productores y distribuidores pueden acordar condiciones distintas sobre el lugar de devolución y el reparto de costes con los usuarios finales, siempre que esos usuarios finales no sean consumidores. Una empresa alemana que recibe palés no es un consumidor. Así que el acuerdo comercial normal — su cliente conserva y elimina el envase de transporte — es lícito cuando efectivamente se acuerda. Lo que importa es que esté acordado y documentado, no supuesto.

O vuelven con su próxima entrega

“Im Rahmen wiederkehrender Belieferungen kann die Rücknahme auch bei einer der nächsten Anlieferungen erfolgen.” Si entrega repetidamente al mismo cliente, los vacíos regresan en un viaje posterior. Su logística ya va allí.

O se une a un sistema de recogida industrial, y lo paga

Si ninguna de las dos opciones encaja, sistemas como RIGK, GVÖ, KBS o su empresa conjunta PACKLIANCE organizan la recogida y valorización de envases industriales y comerciales. Cobran su propia tarifa por ello, calculada sobre sus volúmenes y materiales. Podemos ponerle en contacto y repercutirle su factura a coste — esa tarifa no forma parte de nuestros 149 €, como tampoco una licencia de sistema dual.

El límite honesto, para que no haya malentendidos: somos una oficina de cumplimiento, no un transportista. Nadie recoge palés por 149 € al año, y no lo afirmamos. Lo que compra la tarifa es el papeleo que decide y acredita la obligación — el ámbito, el acuerdo del § 39(1) y la documentación anual del § 39(3). La recogida física, donde de verdad haga falta, es un contrato aparte con un sistema de recogida a su precio.

Complementos

Son servicios, no obligaciones legales. Nada de esto es necesario para que el mandato sea válido.

ServicioPrecio
Soporte de marketplaces
Respondemos en su nombre a las solicitudes de cumplimiento de Amazon, eBay, Kaufland y Otto, mantenemos actualizados sus números de registro en cada cuenta de vendedor y gestionamos los casos de suspensión de anuncios. No es una obligación legal de un representante — las plataformas preguntan directamente al productor.
Bajo petición
Representación para pilas (BattG)
Registro en la stiftung ear y actuación como su representante. Para las pilas no se exige garantía financiera.
Bajo petición
Aparatos eléctricos, solo B2B (ElektroG)
Concepto de recogida en lugar de garantía, por lo que podemos actuar como su representante.
Bajo petición

Aparatos eléctricos y pilas

Los envases son uno de los tres regímenes EPR alemanes. Los otros dos están en la stiftung ear y, a diferencia de los envases, allí el representante también realiza el registro — un productor extranjero no puede registrarse por sí mismo. Lo que difiere es lo que la ley exige del representante.

RégimenNuestra tarifaEstado
Pilas (BattG)
Le registramos en la stiftung ear y actuamos como su representante. Para las pilas no se exige garantía financiera.
Bajo peticiónDisponible
Aparatos eléctricos, solo B2B (ElektroG)
Los aparatos vendidos solo a empresas necesitan un concepto de recogida en lugar de una garantía, por lo que podemos actuar como su representante.
Bajo peticiónDisponible
Aparatos eléctricos utilizables en hogares particulares (ElektroG)
El § 7(1) ElektroG exige que el representante — no el productor — deposite ante la autoridad cada año natural una garantía financiera a prueba de insolvencia. No ofrecemos esto hasta que esa garantía esté constituida, y preferimos decirlo antes que tomar su dinero.
Bajo peticiónTodavía no

Un límite que conviene conocer de antemano: según el § 37(7) ElektroG, un representante con más de 20 registros simultáneos necesita la aprobación de la autoridad, que examina la fiabilidad y competencia de la dirección y el equipamiento y la organización del solicitante.

Preguntas frecuentes

¿Qué incluyen los 149 €?
Actuar como su representante autorizado según el art. 45(3) PPWR y el § 5 VerpackDG: la designación en LUCID, el mandato escrito en alemán, el contrato de participación en el sistema dual celebrado a nuestro nombre, la declaración anual de volúmenes, la Vollständigkeitserklärung donde sus volúmenes la exijan, el ámbito y la documentación del § 39 y la correspondencia con la ZSVR.
¿Por qué no están incluidas las tarifas del sistema dual?
Porque no nos pertenecen. La tarifa por kilo es la tarifa de licencia del sistema dual que realmente recoge y recicla sus envases, y varía con sus materiales y pesos. La repercutimos a la tarifa del propio sistema. Un proveedor que la incluye de oficio o limita sus volúmenes o se queda un margen.
¿Pago una tarifa de licencia por los envases de transporte B2B?
Normalmente no. Los envases de transporte entregados a empresas no son, por lo general, envases sujetos a participación en un sistema, así que ningún sistema dual recibe financiación para recogerlos. En su lugar, el § 39 VerpackDG impone una obligación de recogida al productor, y con clientes no consumidores el lugar de devolución y el reparto de costes pueden acordarse por contrato.
¿También pueden encargarse de aparatos eléctricos y pilas?
Pilas y aparatos eléctricos solo para empresas, sí — presupuestados individualmente en lugar de listados, porque el ámbito varía demasiado para ponerle precio en una página. Aparatos eléctricos utilizables en hogares particulares, no: el § 7(1) ElektroG exige que el representante deposite ante la autoridad cada año natural una garantía financiera a prueba de insolvencia, y no ofrecemos lo que todavía no podemos cumplir.
¿Hay coste de alta o duración mínima?
Sin coste de alta. El precio es 149 € al año por el mandato de envases.

¿Vende a Alemania desde el extranjero?

El nuevo reglamento europeo de envases (PPWR) se aplica desde el 12 de agosto de 2026. Cuatro preguntas le dicen si le obliga a designar un representante en Alemania, incluso cuándo no.